Según el tipo de compraventa, la documentación a aportar es:
Compraventa de Inmuebles:
- Títulos de propiedad de los vendedores.
- D.N.I. de vendedores y compradores.
- Régimen económico matrimonial de ambos.
- Si interviene alguna sociedad, los poderes o nombramiento de administradores vigentes.
- Datos de inscripción en el Registro Mercantil.
- En las fincas urbanas, certificado de la comunidad de propietarios de que se encuentra al corriente en el pago de los gastos de comunidad.
- Referencia catastral (último recibo del IBI).
- Si está o no, arrendada.
- Precio de la transmisión.
- Cómo se pagan los gastos de la operación: Notaría, Plus Valía municipal.
Compraventa de Participaciones:
- Título de propiedad de los vendedores.
- D.N.I. de vendedores y compradores.
- Régimen económico matrimonial de ambos.
- Si interviene alguna sociedad, los poderes o nombramiento de administradores vigentes.
- Estatutos de la sociedad, de la que se transmitan las participaciones o acciones, y sus datos de inscripción en el Registro Mercantil.
- El C.I.F. de la sociedad.
- Precio de la transmisión.
- Cómo se pagan los gastos de la operación.
Datos de interés: Gastos según ley están previstos en el artículo 1.455 del Código Civil: son de cuenta del vendedor los gastos del otorgamiento de la escritura (matriz) y los de la primera copia y los demás posteriores a la venta son de cuenta del comprador
No dude en ponerse en contacto con esta Notaría para resolver cualquier duda.